En nuestro post de 21 de marzo de 2017 os hablamos del Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de fecha 2 de febrero de 2017, por el que se atribuía competencia exclusiva y excluyente a determinados jueces mercantiles, del conocimiento de los asuntos civiles que pudieran surgir al amparo de la Ley 24/2015 de Patentes, de la Ley 17/2001, de Marcas y de la Ley 20/2003, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
En virtud del citado acuerdo, sólo determinados Juzgados de lo Mercantil (JM) de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid y Valencia tenían atribuida la competencia en materia de propiedad industrial. Recogíamos en nuestro post que esta apuesta por la especialización y descentralización de la Justicia, que nos parece francamente moderna, tiene su antecedente en la previsión incluida en la Ley 24/2015, de Patentes.
El 19 de octubre pasado, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó la especialización en materia de propiedad industrial de varios juzgados de lo mercantil en las Comunidades Autónomas de Andalucía (JM de Granada), Galicia (JM de La Coruña), País Vasco (JM de Bilbao) y Canarias (JM de las Palmas), con efectos a 1 de enero de 2019.
Aquí os dejamos el Acuerdo del CGPJ de 19 de octubre de 2018, que actualiza los anteriores de diciembre de 2016 y febrero de 2017.
Feliz día ¡¡¡¡
Ana Soto