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Administración de Justicia

Ya podemos presentar escritos judiciales. Nueva resolución del Ministerio de Justicia sobre el funcionamiento de la Administración de Justicia durante el Estado de Alarma

abril 13, 2020 by Legal Jovs

 

La Resolución del Ministerio de Justicia del 13 de abril de 2020, por la que se adapta la prestación del servicio público de Justicia al RD 487/2020, de 10 de Abril, establece determinadas pautas con el deseo de adaptar el funcionamiento de la Administración de Justicia a esta nueva fase del Estado de alarma, en la que no se aplica el confinamiento cualificado, así como prever otras fases venideras hasta un eventual restablecimiento de la normalidad.

Lo más destacado:

A partir de este miércoles, 15 de abril, los Juzgados y Tribunales admitirán escritos procesales presentados por las partes de forma telemática, iniciales y de trámite, aunque se refieran a cuestiones que no son de extrema urgencia, y  que serán tramitados siempre y cuando los medios lo permitan.

El procedimiento continuará hasta tanto la tramitación se encuentre con un plazo o término procesal que deba ser suspendido por mandato de la Disposición Adicional Segunda del RD 463/2020l.

En consecuencia, con el deseo de reactivar de forma progresiva el funcionamiento de la justicia y evitar el colapso una vez pierda vigencia el Estado de Alarma, la Resolución levanta la veda a la presentación de todo tipo de escritos, también demandas, solicitudes iniciales o recursos, bien la propia Resolución solicita a abogados, procuradores y graduados sociales “una ponderación o moderación en la presentación de escritos para hacer más viable el reparto”.

Además,

La Resolución de 13 de abril incluye otras medidas de funcionamiento de la administración de justicia relacionadas con la aplicación de una modalidad de trabajo presencial por turnos, sin perjuicio de ordenar al personal a quien no toque acudir al puesto de trabajo la plena disponibilidad durante la jornada laboral, para el caso de que sea requerido a la prestación de funciones presencial. Además, se regula la modalidad de teletrabajo para el personal con dispositivos proporcionados por la administración de acceso securizados a sistemas y aplicaciones de gestión procesal, o que puedan prestar voluntariamente sus funciones con dispositivos personales en similares condiciones

Por lo demás,

A los efectos de adaptar de forma progresiva y coordinada los criterios y dotaciones de tramitación durante la nueva y siguientes fases de la pandemia, la Resolución establece tareas de seguimiento semanal que realizará la Comisión Mixta del Ministerio de Justicia y el CGPJ.

Cualquier paso hacia adelante es bienvenido.

Feliz semana

Ana Soto

Legaljovs

Filed Under: Noticias, Procesal Tagged With: Administración de Justicia, CGPJ, Covid 19, Estado de alarma

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