En el momento de enfrentarse a un procedimiento judicial, es recurrente, por lógica, la pregunta sobre su duración. A la que los abogados contestamos en base a la experiencia y las pocas estadísticas publicadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Hoy queremos informaros que, por lo que parece, el CGPJ se ha apuntado al big data, y en cumplimiento del compromiso que asumió frente a Transparencia Internacional el pasado 7 de septiembre, ha elaborado unas tablas interactivas sobre la estimación de la duración media de los procesos judiciales concluidos en cada anualidad, durante los últimos diez años (2007-2017). La herramienta es fruto del análisis, a través del uso de los algoritmos convenientes, de los asuntos ingresados, finalizados (con independencia de cuál sea la forma de terminación), y que se encuentran en trámite, según los datos facilitados por la Estadística Judicial del Consejo General del Poder Judicial.
Las nuevas tablas interactivas se han publicado en el portal de transparencia, y son de acceso público. Si os animáis a acceder, comprobaréis que permiten realizar las consultas por anualidades, órgano y orden jurisdiccional, tipo de procedimiento, materia y comunidad autónoma. El tiempo estimado de resolución se mide en meses.
Hemos estado paseando por ellas, y a pesar de vivirlo, no dejan de sorprendernos los resultados de algunas consultas. Así, por ejemplo, en el año 2017 y en Cataluña, el tiempo medio de duración de un procedimiento en primera instancia seguido ante un Juez de lo mercantil sobre propiedad industrial, de por si complejo, fue de 9,8 meses, mientras que en el mismo año, y en la misma Comunidad Autónoma, la ejecución de una Sentencia ante un Juez de Primera Instancia se dilató hasta 37,4 meses; o la conclusión de unas diligencias preliminares previas a la interposición del procedimiento ante el mismo juez mercantil, tuvo una media de duración de 8,8 meses.
Según anuncia el mismo CJPJ a modo de presentación de su nueva herramienta, las tablas reflejan también datos sobre la movilidad del personal del órgano judicial (índice de rotación, de días sin cubrir y de días cubiertos con interinos), debido a la influencia de esta variante en el análisis de los tiempos medios de duración del procedimiento.
A pesar de que, en nuestra opinión personal, el wording elegido para definir algunas materias no es absolutamente claro, ello no quita que nos parezca una herramienta útil, y no sólo para fisgonear el funcionamiento de nuestro sistema judicial, en cada lugar y por cada procedimiento y/o materia. Así, por ejemplo, será una ayuda en la toma de determinadas decisiones, como puede ser la elección del juez territorial competente en aquellos supuestos en el que el actor disponga de dicha facultad, o considerar la posibilidad de aceptar una transacción que permita un cobro y evite o ponga fin a un procedimiento judicial interminable, o a la ejecución de la Sentencia de condena.
Desde aquí podéis entrar a las tablas sobre la «Estimación de los tiempos medios de duración de los procedimientos judiciales»,publicadas en el portal del CJPJ. Os animamos a que entréis.
Hasta muy pronto,
Ana Soto